El
Copyright y el Copyleft
El copyright entiende como los derechos de un autor ante todo llamado
el derecho subjetivo y absoluto en la protección de la propiedad intelectual en
el punto de vista ideal y material. Cómo derecho objetivo esto contiene la suma
de las normas legales de un sistema legal que regula la relación del autor y
sus derechohabientes a su obra; esto determina el contenido, la extensión, la transferibilidad
y las consecuencias del derecho subjetivo.
Cada país tiene disposición propia de los
derechos de autor de cada obra. Los derechos de autor, por ejemplo en la
República Federal de Alemania son parte del orden legal que protege el derecho
del autor en sus obras. Como derecho objetivo esto contiene la suma de las
normas legales de Alemania que regulan la relación del autor y sus
derechohabientes a su obra; esto determina el contenido, extensión,
transferibilidad y consecuencias del derecho subjetivo. Esto está codificado
según la importancia de la ley de derechos de autor desde 1965, la ley de
percepción y la ley de editorial.
En España los derechos de
autor están definidos de la siguiente manera por el Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte del Gobierno de España:
“La propiedad intelectual
es el conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares
(artistas, productores, organismos de radiodifusión...) en respecto a las obras
y prestaciones fruto de su creación.
Al Ministerio de Educación,
Cultura y Deporte le corresponde proponer las medidas, que sean o no normativas,
para lograr la adecuada protección de la propiedad intelectual.“En la página web del ministerio está
informado exactamente los diferentes aspectos alrededor de esta disposición
legal. [Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno De España.
2013]
A causa de este
establecimiento legítimo, que está determinado por el ministerio del país, el
cierre de una página web está acompañado en julio de 2012 por la industria de
entretenimiento español debido a las consecuencias de autor. [Guiseppe,
Paletta. 2012] Las disposiciones de la base legal del autor en España vuelve en
en el marco de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO) en
diciembre de 1996 a contratos ficticios sobre los derechos de autor y los
derechos de protectores parientes.
La comisión europea expresa
en Internet los derechos de autor de esta forma:
“Los derechos en la propiedad
intelectual crean un estímulo para creación artística e inversiones en nuevas
obras y otros resultados protegidos (la música, película Medios impresos,
Software, Teatro, Emisiones de televisión etc.) y su utilización. Con esto
ellos contribuyen a más competitividad, empleo e innovación.
Los derechos de autor tienen
aspectos importantes como cultura, sociadad y aspectos técnicos que tienen que
ser considerados con la elaboración de una política coherente en esta área.“ [Europäische Kommision. 2013]
Esta comisión europea negocia
regularmente con la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO) la
propiedad industrial e intelectual (derechos audiovisuales, derechos de
emisión, derechos de venta, bancos de datos etc).
El copyleft es una cláusula de licencias de utilizaciónes legales de autor que
significa la elaboracion que esta permitida sòlo si todos los cambios son transmitidos exclusivamente
bajo la igualdad y la esencia de las condiciones de la licencia. Copyleft impide
que versiones cambiadas de la obra son transmitidas con restricciones de
utilización que el original no tiene. Copyleft aprueba básicamente la la
elaboracion y duplicacion de alguna manera.
Copyleft es un juego de palabras en el cual es
representado por el contraste a la noción inglesa Copyright por la sustitución
de "a la derecha" (engl. right) con la cotrapalabra "a la
izquierda" (engl. left). "Left" es al mismo tiempo también una
forma gramatical „dejan“. Originalmente Copyleft surgía en licencias para el
software libre. Allá consigue que evoluciones de un proto-programa libre sean
de nuevo libres y permanezcan libres. El derecho es colocado básicamente por
Copyleft para copiar, mientras que esto es prohibido básicamente por el
copyright.
Marie
Lilli Beckmann
Bibliografía:
Europäische Kommision. (2013). Die
internationalen Aspekte des Urheberrechts. Urheberrechte und verwandte
Schutzrechte. Der EU-Binnenmarkt. [en línea].
http://ec.europa.eu/internal_market/copyright/index_de.htm
Guiseppe, Paletta. (2012). Spanien
lässt erste Websites sperren. Urheberrecht. Zeit Online. [en línea].
Ministerio De Educación, Cultura y
Deporte del Gobierno De Espana. (2013). Definición de la propiedad Intelectual.
La Propiedad Intelectual. Información general. Página web del Gobierno De
Espana. [en línea].